Por Mario Fuentes Destarac /Tomado de Hilo de X
Abogado constitucionalista, catedrático y periodista, Mario Fuentes Destarac hizo un análisis del por qué el proyecto presupuestario 2024 es un instrumento inconstitucional, ilegal, irrazonable y antitécnico, por lo que no debería de ser aprobado por el Congreso. Por su importancia, publicamos.
La Comisión de Finanzas del Congreso reelaboró el proyecto de Presupuesto General del Estado, para el ejercicio fiscal 2024, con un techo máximo de gasto público que asciende a Q 124 millardos 884 millones, el cual será sometido a la aprobación del Pleno en los próximos días.
Dicho instrumento, además de que no se adecúa a los estándares técnicos, no se rige por los correspondientes mandatos constitucionales y legales, como adelante se indica.
El proyecto de presupuesto 2024 es inconstitucional, porque:
i. No refleja un presupuesto consolidado de todos los órganos y entidades del Estado, como lo exige la Constitución, sino un presupuesto del Organismo Ejecutivo, con anexos (aportes);
ii. No se ajusta a un presupuesto por programas, como lo ordena la Carta Magna, sino que es un presupuesto por partidas, con cifras asignadas discrecional y antojadizamente, que no responden a una estructura programática;
iii. No se ajusta a un presupuesto por programas, como lo ordena la Carta Magna, sino que es un presupuesto por partidas, con cifras asignadas discrecional y antojadizamente, que no responden a una estructura programática;
iv. No se incorporan las cuotas del régimen de seguridad social, tanto la institucional como la patronal, que le corresponde aportar al Estado, conforme a la Constitución.
Asimismo, dicho proyecto presupuestario 2024 es notoriamente ilegal e irrazonable, porque:
i. No se cubren las deficiencias netas del Banguat (pérdidas operativas), en franca violación de la Ley Orgánica del Banco de Guatemala;
ii. Se adicionan disposiciones complementarias (enmiendas) al texto normativo de la Ley Orgánica del Presupuesto, sin que al efecto se haya agotado un debido proceso legislativo modificatorio. Se establece una ampliación presupuestaria anticipada e indeterminada, hasta por los saldos pendientes de los proyectos clientelares y discrecionales de los COCODES, así como el Congreso se reserva la aprobación de los Bonos del Tesoro que financiarán el gasto público;
iii. Se recortan las partidas de egresos para seguridad pública, salud, desarrollo y agricultura, con el propósito de trasladar fondos incrementales a otros rubros de interés político.
El presupuesto estatal no es una ley que ha cumplido con las fases del proceso de formación y sanción de la ley, sino que es un instrumento financiero y de control, que incorpora la asignación anual de recursos públicos y que lo aprueba el Congreso mediante un decreto.
Por tanto, no corresponde que se le denomine Ley del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, sino simplemente Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Estado, ni al mismo se le agreguen “disposiciones legales complementarias”.
Por otro lado, el proyecto presupuestario 2024 es antitécnico, porque:
i. Los principios de disciplina fiscal y equilibrio presupuestario, que rechazan el déficit fiscal (exceso de gastos sobre ingresos), no han sido observados en la construcción presupuestaria;
ii. Los rubros presupuestarios se ajustan a partir de egresos decididos y no de ingresos proyectados, por lo que estos están sobreestimados, lo que anticipa, en términos generales, un mayor déficit fiscal del previsto;
iii. Omitir la cobertura de las deficiencias netas del Banguat también redundará en la elevación del déficit fiscal;
iv. Encima, el reconocimiento de pago de la ilegal e indeterminada deuda pública flotante o de arrastre supondrá que el déficit fiscal sea aún mayor.
En conclusión, el proyecto presupuestario 2024 es un instrumento inconstitucional, ilegal, irrazonable y antitécnico, por lo que no debería de ser aprobado por el Congreso.
Lo anterior implicaría que el año entrante rija, como mal menor, el Presupuesto 2023, cuyo techo de gasto público es de Q115 millardos, y que éste pueda ser readecuado por la siguiente Legislatura, bajo directrices orientadas al interés general y no a intereses creados.