Por Equipo de Investigación Factor 4
Seguro Médico Escolar 2020 Irregularidades En Los Procesos De Compra Y Violaciones Del Crédito Hipotecario Nacional A La Ley De Contratación Del Estado
La citación de la bancada Semilla al Congreso de la República a las autoridades del Ministerio de Educación, al Crédito Hipotecario Nacional y al proveedor del servicio de seguro médico escolar URGENCIAS MEDICAS, S.A. realizada el 17 de junio de 2020, puso de manifiesto cómo el seguro médico escolar ha sido una decisión presidencial incorrecta que ha desviado fondos públicos hacia manos privadas para adquirir en favor de los alumnos de preprimaria y primaria un servicio de asistencia sanitaria inútil, ineficiente, duplicado y menos accesible respecto al servicio sanitario ofrecido por los Puestos de Salud Pública (pues la red de médicos de la empresa URGENCIAS MEDICAS, S.A. no está difundida en el país como los Puestos de Salud Pública).
Sin embargo, más allá del juicio político sobre la decisión presidencial que encasilla el acuerdo gubernamental 44‐2020 como una acción que no puede considerarse de “política pública”, la Bancada Semilla en el curso de la citación evidenció dudas y sospechas en relación al procedimiento administrativo utilizado por el Presidente de la República y el Ministerio de Educación para la adquisición del seguro médico escolar.
Como sustento legal del procedimiento está el acuerdo gubernamental 44‐2020 del 19 de marzo de 2020 que en el art. 3 “faculta al Ministerio de Educación para suscribir el convenio para la prestación de seguro médico escolar con la entidad estatal que corresponda” indicando, de esta manera, al Ministerio de Educación la vía a seguir para la contratación del seguro médico escolar.
De hecho, en el curso de la citación del representante del Ministerio de Educación, Viceministro Erick Fernando Mazariegos Salas, la pregunta recurrente fue: ¿Por qué se contrató el seguro con el Crédito Hipotecario Nacional y no se realizó por parte del Ministerio de Educación una licitación pública? En respuesta, el representante del Ministerio de Educación, Viceministro Mazariegos Salas, explicó que dieron ejecución al artículo 3 del citado acuerdo gubernamental.
El seguro médico escolar por lo tanto fue adquirido a través de una negociación entre entidades del sector público, es decir, el Ministerio de Educación en calidad de entidad compradora y el Crédito Hipotecario Nacional como proveedor. Este tipo de negociación regulada por el art. 2 de la Ley de Contrataciones del Estado permite a la entidad compradora elegir directamente el proveedor sin pasar por la modalidad de compra de licitación pública.
Pareciera que todo fuera regular y conforme a derecho, pero no es así.
El Crédito Hipotecario Nacional, para adquirir los servicios de salud ofrecidos al Ministerio de Educación a través del seguro escolar ha utilizado el procedimiento previsto por el art. 54 de la Ley de Contratación del Estado. El mismo regula los mecanismos de transparencia en el uso de fondos públicos por las organizaciones no gubernamentales, asociaciones, fundaciones, patronatos, cooperativas, comités, organismos regionales e internacionales, fideicomisos y toda entidad privada o mixta, nacional o extranjera que reciba y/o administre fondos públicos.
El CHN no encaja en ninguna de estas entidades porque es una “Empresa Pública Nacional” y como tal no habría tenido que utilizar el art. 54 de la Ley de Contrataciones del Estado, sino que hubiera tenido que utilizar la modalidad de compra de la licitación pública, y allí está la trampa. No tenía que cotizar con unas empresas de su elección, sino realizar una licitación pública, así como lo establece la ley de Contratación del Estado. Por lo tanto, el CHN ha violado dichas normas sobre las contrataciones públicas.
El hecho no es una simple equivocación, porque el Crédito Hipotecario Nacional en realidad tampoco respetó los mecanismos de transparencia previstos en el art. 54, que establece la publicación como mínimo de “las bases o términos de referencia, especificaciones técnicas, criterios de evaluación, preguntas, respuestas, listado de oferentes, actas de adjudicación y contratos”. Aún así el CHN pública el 24 de junio de 2020, exclusivamente las facturas emitidas por la empresa URGENCIAS MEDICAS, S.A.
La situación de la empresa en mención emergió en el curso de la citación al Congreso de la República promovida por la Bancada Semilla, dilucidando que URGENCIAS MEDICAS, S.A. que es una entidad que fue elegida con procedimientos irregulares, sin tener los requisitos, la capacidad técnica y los medios para ejecutar el negocio del seguro médico escolar.
Así mismo salió a luz que es una empresa que intenta ampliar su escasa red de cobertura territorial con médicos generales y no pediatras, para aparentar tener la capacidad de ejecutar el contrato con el Crédito Hipotecario Nacional. Por eso la decisión de ejecutar el seguro médico escolar en 3 fases, para permitir, de alguna manera a dicha empresa privada, tener el tiempo de lograr implementar una cobertura territorial a nivel nacional.
La cobertura territorial del seguro médico escolar de hecho es decidida por la empresa URGENCIA MEDICAS, S.A., en la medida en que va encontrando médicos y no es decidida por el Ministerio de Educación según las áreas del País que lo necesiten más, como debería ser.
Todo el proyecto pareciera ser dirigido por una estructura de corrupción incrustada en las instituciones públicas y de las cuales forman parte algunos funcionarios públicos, para sustraer los fondos del Estado asignados al seguro médico escolar.
A través de Guatecompras se detectaron además otras violaciones cometidas en relación con la contratación del seguro médico escolar:
1. A la fecha el Ministerio de Educación no ha realizado en Guatecompras ninguna publicación relacionada a la compra del seguro médico escolar, por lo que no es posible consultar y conocer públicamente el monto pagado, ni leer el contrato con el Crédito Hipotecario Nacional y los otros documentos del procedimiento para verificar la regularidad del mismo.
2. El Crédito Hipotecario Nacional empezó a publicar en Guatecompras la compra de los servicios de salud relacionados con el seguro médico escolar a la empresa URGENCIAS MEDICAS, S.A. el 24 de junio 2020, después de la citación al Congreso de la República hecha por la Bancada Semilla. Coincidentemente, las publicaciones tardías del Crédito Hipotecario Nacional que revelaron a la empresa URGENCIAS MEDICAS, S.A. como proveedor del Estado, empezaron el 17 de junio de 2020, justamente el mismo día de la citación.
El 17 de junio de 2020 el Crédito Hipotecario Nacional publicó en Guatecompras otras compras de servicios de salud realizados a la empresa URGENCIAS MEDICAS, S.A. por seguros de vida, médicos, legales, ópticos, dentales y funerarios vendidos a las siguientes entidades públicas:
Secretaría de Bienestar Social de la Presidencia de la República
Dirección General de Aeronáutica Civil
Policía Nacional Civil
Dirección General de Educación Física
Dirección General del Sistema Penitenciario
Dirección General de Inteligencia Civil
3. Las publicaciones tardías de la contratación de la empresa URGENCIAS MEDICAS, S.A. en relación a otros contratos de seguro, llama la atención también por otras anomalías identificadas.
Analizando la información publicada por el Crédito Hipotecario Nacional y contrastándola con la información de los seguros comprados por las entidades estatales arriba indicadas, se observó que la información relacionada con la compra de servicios sanitarios a la empresa URGENCIAS MEDICAS, S.A. es incompleta. Es decir que si el Crédito Hipotecario Nacional contrató servicios médicos de la empresa en mención, en relación a contratos de seguros con duración anual, entonces por lógica también los contratos con la misma empresa tendrían que ser con duración anual.
Sin embargo, los pagos del Crédito Hipotecario Nacional a URGENCIAS MEDICAS, S.A. publicados el 17 de junio de 2020 son parciales, existen por algunos meses y por otros no y a partir de marzo 2020 se interrumpen a pesar de que los contratos de seguros entre el Crédito Hipotecario Nacional y las entidades estatales arriba indicadas, están vigentes. Este hecho pone en duda la misma ejecución de los contratos de seguro del Crédito Hipotecario Nacional con las citadas entidades compradoras.
El seguro de vida para la Dirección General del Sistema Penitenciario, por ejemplo, fue contratado el 30 de septiembre de 2019 por Q. 5,140,056.15. Se trata de un seguro de vida anual que incluye asistencia funeraria, legal, medica, óptica y dental.
Sin embargo, analizando los pagos que el Crédito Hipotecario Nacional publicó tardíamente en Guatecompras en relación al citado contrato de seguro, se puede observar cómo existen pagos a la empresa URGENCIAS MEDICAS, S.A. sólo por los meses de noviembre y diciembre 2019 y enero y febrero 2020.
¿Qué significa esto? ¿Acaso la empresa URGENCIAS MEDICAS, S.A. ya no está prestando el servicio relativo a dicha póliza de seguro? ¿Por qué no hay pagos de parte del Crédito Hipotecario Nacional a la empresa URGENCIAS MEDICAS, S.A. por el período de servicios prestados de marzo a la fecha?
La duda es que pueda tratarse de contratos de seguro aparentes y/o ejecutados parcialmente. Además, se cuestiona sobre cuál fue la exigencia de activar un seguro de vida de este tipo para la Dirección General del Sistema Penitenciario. ¿Es posible que el gobierno anterior estuviera activando un nuevo mecanismo para desviar fondos de las arcas del Estado?
Estos hechos hacen pensar inmediatamente en la intervención del diputado Aníbal Rojas, jefe de Bloque del partido Viva, presente en la citación de la Bancada Semilla, quien refiere que: “Lo de la contratación del seguro escolar no es un proyecto que nació en el actual gobierno. Era un proyecto que el gobierno de Jimmy Morales ya había propuesto al Crédito Hipotecario Nacional y no le dio tiempo ejecutarlo. Entonces alguien muy vivo trasladó la idea al nuevo gobierno y le dijo miren aquí esta esto que se puede montar …”
La contratación del seguro médico escolar, así como los demás contratos de seguros con el Crédito Hipotecario Nacional en los cuales interviene la empresa URGENCIAS MEDICAS, S.A., por las violaciones evidenciadas, necesitan una profunda investigación penal por parte del Ministerio Público para que se pruebe la violación de la Ley de Contratación del Estado, se identifiquen los miembros de la estructura de corrupción y, en particular, se analice la pista del dinero para verificar en el Crédito Hipotecario Nacional y en la empresa URGENCIAS MEDICAS, S.A. a dónde fueron a parar los fondos sustraídos.