Por : Alianza por las Reformas
El 15 de junio de 2022, la Corte Suprema de Justicia (CSJ), dio trámite a la solicitud de antejuicio promovida contra el Juez Miguel Ángel Gálvez. Luego de una serie de actuaciones cuestionables y comunicaciones entre la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del ramo penal y la CSJ se ha confirmado que el magistrado que fungirá como juez pesquisidor es el Magistrado Vocal I, Roaldo Isaías Chávez Pérez.
Para la Alianza por las Reformas (AxR), el Magistrado Chávez fue designado de forma arbitraria por parte de la CSJ y no reúne la garantía de imparcialidad para actuar como juez pesquisidor en el antejuicio promovido contra el Juez Gálvez, por las siguientes razones:
1. Conflicto de interés. El Magistrado Chávez en su historial profesional ha sostenido vínculos con autoridades militares y exfuncionarios públicos procesados por actos de corrupción[1], lo que representa un conflicto de interés para desarrollar las diligencias de antejuicio y evidencia que su actuación se inclinaría por afectar la independencia judicial del Juez Miguel Ángel Gálvez.
El Magistrado Chávez, en el año 2013, fue asesor del exministro de Gobernación, Mauricio López Bonilla y el exviceministro de Gobernación, Manfredo Vinicio Pacheco Consuegra, quienes en septiembre de 2018 fueron condenados por el caso penal denominado “Blindados”.[2]
Es importante recordar, que el exministro López Bonilla también se encuentra procesado penalmente en otros casos de corrupción, como el de “cooptación del estado”, que en la actualidad está en fase intermedia en el juzgado de mayor riesgo “B”, cuyo titular es el Juez Miguel Ángel Gálvez.
Otra situación por la que el Magistrado Chávez tiene un evidente conflicto de interés en las pesquisas contra el Juez Miguel Ángel Gálvez, es que, tiene cercanía con el ex partido político LIDER, cuyos principales dirigentes han sido condenados por la justicia guatemalteca y norteamericana.[3]
Se debe tener presente que el excandidato a vicepresidente del partido político LIDER, Edgar Barquín, fue condenado por el Juez Miguel Ángel Gálvez en procedimiento abreviado y por el delito de tráfico de influencias, en el caso penal denominado “Lavado y Política”.[4] No se debe olvidar, que el exdiputado Luis Chávez, del mismo partido político y hermano del Magistrado Roaldo Chávez, fue condenado penalmente por actos de corrupción.[5]
Con los antecedentes descritos, resulta obvia la vinculación del Magistrado Chávez con exmilitares y exfuncionarios públicos condenados penalmente. Los principios de Bangalore sobre la conducta judicial indican que la garantía de imparcialidad implica que “(…) Un juez deberá desempeñar sus tareas judiciales sin favoritismo, predisposición o prejuicio”; lo cual garantiza que el Magistrado Chávez, como juez pesquisidor, su evidente parcialidad y sesgo en el asunto, poniendo en riesgo el estado de derecho, al momento de proceder contra el Juez Miguel Ángel Gálvez.
Esto ha sido respaldado por la jurisprudencia de la Corte de Constitucionalidad (CC), quien sobre la imparcialidad de la autoridad judicial ha dicho que: “Se ha estimado que la independencia judicial no es en sí misma un fin, sino que constituye una herramienta indispensable para asegurar la imparcialidad que consiste, esencialmente, en que el juez se instituya como verdadero tercero excluido de intereses dentro del proceso, esto para que no tenga opiniones preconcebidas, que carezca de compromisos con alguna de las partes, que no actúe a favor o en contra una de ellas y que no se deje influenciar por cuestiones externas al proceso.”[6]
2.Tribunal Especial o Ad-hoc. A la AxR le preocupa que la CSJ, en todos los antejuicios promovidos contra los jueces/as de mayor riesgo, recurra siempre a la Sala Segunda de la Corte de Apelaciones del ramo penal. En la que los Magistrados Chávez y Galván, se han encargado de proceder contra el Juez Pablo Xitumul y la jueza Erika Aifán. Nuevamente, se ha recurrido a la misma Sala para el antejuicio promovido contra el Juez Miguel Ángel Gálvez.
Prácticamente la Sala Segunda de Apelaciones se ha constituido en un tribunal Ad-hoc o especial para transgredir la independencia de los jueces/as de mayor riesgo. La CSJ, en la designación de los jueces pesquisidores, no ha sido transparente y no ha respetado las reglas de competencia contenidas en la Ley del Organismo Judicial.
Esta situación, no solo afecta al estado de derecho en el país, sino que también representa una actuación arbitraria de los Magistrados involucrados, prohibición expresa contenida en la Constitución Política, Artículo 12, segundo párrafo. No se ha cumplido con las obligaciones internacionales respecto a las medidas cautelares, otorgadas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a favor de jueces/as de mayor riesgo antejuiciados.
Al respecto, la CC ha indicado en su jurisprudencia: “(…) el principio de juez natural, la [sic] cual constituye una garantía que es elemento integral del debido proceso y que supone la existencia de órganos judiciales preestablecidos en forma permanente por la ley. Se tutela a través de este principio, la prohibición de crear organismos ad-hoc, o ex post facto (después del hecho), o especiales, para juzgar determinados hechos o a determinadas personas, sin la generalidad y permanencia propias de los tribunales judiciales. La garantía se encuentra reconocida en el artículo 12 de la Constitución (…), así como en el artículo 14, numeral 1, del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y en el artículo 8, numeral 1, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; en el ordenamiento legal interno, en el artículo 7 del Código Procesal Penal.” [7]
Por tales razones, la AxR exhorta a la CSJ a que garantice la independencia judicial en el país, lo que implica dejar sin efecto la designación del Magistrado Roaldo Isaías Chávez Pérez como juez pesquisidor y rechace el antejuicio promovido contra el Juez Miguel Ángel Gálvez, por ser espurio, político e ilegítimo.
[1] Para analizar el historial de contratación con el estado del Abogado Roaldo Isaías Chávez Pérez, se recomienda ingresar al sitio web de Guatecompras: https://www.guatecompras.gt/
2 https://www.prensalibre.com/guatemala/justicia/mauricio-lopez-bonilla-recibe-condena-caso-blindados/
4 https://www.prensalibre.com/guatemala/justicia/juzgado-dicta-sentencia-a-edgar-barquin/
6 Expedientes 5327-2015 y 4316-2016, sentencias de fecha 21 de julio de 2016 y 7 de marzo de 2017.
7 Expedientes acumulados 2884-2016 y 2885-2016. Fecha de sentencia: 18/01/2017.