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Diez años después: Consulta por la licencia minera en la Puya 

La Resistencia Pacífica de la Puya surgió en 2010 por residentes de doce aldeas de los municipios de San Pedro Ayampuc (SPA) y San José del Golfo (SJG), hombres y mujeres mayas kaqchikeles, xincas y mestizas(os), quienes han manifestado durante doce años su desacuerdo con el proyecto minero «El Tambor», «Progreso VII derivada«, proyecto de explotación a cielo abierto de la empresa minera estadounidense Kappes, Cassiday & Associates (KCA). El cual es uno de los proyectos que componen una serie de planes mineros para explotar al nororiente del departamento central de Guatemala. 

Durante una década, las personas en resistencia pacífica en «La Puya«, han sufrido intimidaciones, criminalización, atentados físicos, intento de asesinato y un desalojo violento en mayo de 2014. A lo largo de este tiempo, han emprendido varias acciones legales, logrando en noviembre de 2015 que la Corte Suprema de Justicia, suspendiera las actividades de la mina y que en junio de 2020 la Corte de Constitucionalidad (CC) confirmara la suspensión de la operación del proyecto minero hasta la realización de una consulta comunitaria. Después de diez años la CC ha ordenado se realice un proceso Comunitario de Consulta del proyecto «Progreso VII Derivada«.

Hugo Camey elegido como Concejal Tercero durante la Sesión Extraordinaria del Concejo Municipal de San José del Golfo describe los antecedentes y la importancia de que tanto la Municipalidad como la empresa extractiva y el Ministerio de Energía y Minas propicie un proceso de consulta en donde el respeto a las comunidades sea lo prioritario.” 


Por Hugo Camey

EXMINGUA subsidiaria de la ahora KCA, empresa propietaria del derecho minero Progreso VII Derivada, que tiene lugar en los límites territoriales de los municipios de San José del Golfo y San Pedro Ayampuc ambos del departamento de Guatemala, los cuales se encuentran a tan solo unos kilómetros de la ciudad capital, obtuvo en el año 2011, durante el gobierno de Álvaro Colom, la licencia de explotación de oro y plata por 25 años con el aval del del Ministerio de Energía y Minas para explotar 10 kilómetros de profundidad y 20 kilómetros cuadrados en ambos municipios, teniendo licencia para explotar a cielo abierto y de manera subterránea (túneles). 

Personas de las comunidades de los municipios, en ejercicio de sus derechos constitucionales, el 02 de marzo de 2012 se instalaron frente al ingreso principal donde la empresa pretendía explotar. Desde esa fecha las comunidades en plantón permanente se encuentran en «La Puya» como históricamente se le conoce. De ahí deviene el nombre del movimiento en resistencia “Resistencia Pacífica La Puya”.

Aunque la criminalización y represión por parte del sistema de justicia y el Estado respectivamente ha sido sistemática, las y los comunitarios no han abandonado el lugar y mucho menos la lucha. Las comunidades resistimos por convicción.

Foto Archivo: 10 años de resistencia La Puya.

Una de las acciones de la resistencia fue accionar por las vías legales. Producto de ello en junio del año 2020 la Corte de Constitucionalidad notificó al Ministerio de Energía y Minas la sentencia que ordena a esta instancia ejecutarla, lo que da lugar al proceso de la consulta a pueblos indígenas, basándose en el Convenio 169 de la OIT. Aunque la consulta a Pueblos Indígenas es un derecho que debe de ser consultado previo a otorgar una licencia de tal magnitud, las comunidades accionaron por la NO consulta tal y como lo dicta el referido Convenio.

Ayer, 13 de junio, el MEM convocó de manera oficial a quienes la CC ordena deben ser involucrados en el proceso: los Concejos Municipales, las comunidades y los COCODES de ambos municipios, el Ministerio de Cultura, el MARN, EXMINGUA, PDH, el MEM, la USAC, las universidades privadas que integren el CODEDE y la Comisión Presidencial de Diálogo.

Convocatoria del Ministerio de Energía y Minas para iniciar el proceso de Consulta comunitaria en relación a la licencia minera «Progreso VII Derivada)

El proceso de Consulta a los pueblos debe ser en el marco de sus formas, costumbres y culturas de las comunidades, por lo que, la vulneración a sus derechos y sus formas de vida socava la paz en sus familias y su forma de organización.

El respeto a las comunidades es la base fundamental para que el proceso se dé, en el marco de lo que dicta la sentencia otorgada por la Corte de Constitucionalidad. La población en general debe estar vigilante al proceso y, que no se repitan las malas prácticas que tuvieron lugar en el proceso en territorio de los compañeros Q´eqchi´. Los pueblos merecen vivir en paz, sus formas, sus costumbres, sus culturas, son su corazón.

El alcalde de una manera apresurada ayer por la tarde convocó a sesión extraordinaria al Concejo Municipal, el objetivo además de conocer el oficio fue nombrar a los representantes titulares y suplentes.

Oficio de la Municipalidad de San José del Golfo convocando este día a sesión extraordinaria.
Oficio que la municipalidad recibe de parte del MEM, donde pide que el concejo nombre dos titulares y dos suplentes, como representación del máximo órgano local.

¿Qué pasó en la sesión extraordinaria de Concejo Municipal en San José del Golfo? 

Se conoció el oficio que el MEM envió, luego se procedió al nombramiento de los representantes titulares y suplentes para el proceso de consulta: 

TITULARES 

Concejal Tercero: Hugo L. Camey Castellanos (miembro de la resistencia) 

Síndico Segundo: Alex López (ex miembro de la resistencia)

SUPLENTES

Síndico primero: David Gudiel 

Concejal Segundo: Julio Hernández

Siendo los nombrados representantes de la población del municipio, estos deben llevar la voz de las comunidades y procurar por los intereses de la mayoría.

La resistencia pacífica de la Puya, 10 años de lucha y resistencia. Imagen: Archivo.

Este proceso es el punto de partida para todos los proyectos en el área, siendo más de 15 los que los empresarios tienen previstos. Un proceso de consulta, donde el respeto a las comunidades sea lo prioritario, puede ser precedente en el futuro.

Progreso VII Derivada, es la puerta para que inicien a trabajar todos los demás proyectos. El proceso de consulta, es porque el Ministerio de Energía y Minas no consultó a las comunidades previo a otorgar la licencia de explotación. La población en general debe estar al tanto de que se cumpla lo ordenado por la Corte de Constitucionalidad y no se vulneren los derechos de las comunidades.

El papel de las organizaciones de sociedad civil, de derechos humanos y el mismo Procurador deben ser los garantes del cumplimiento de lo ordenado por la Corte de Constitucionalidad .

El alcalde por solicitud del viceministro de desarrollo sostenible del MEM pretende nombrar representantes de los COCODES, los órganos cada uno es autónomo y tienen sus formas de organizarse,siendo así el alcalde no debe abusar autoritariamente.

El MEM está negando la existencia de los pueblos en las comunidades de San José del Golfo, la sentencia es amplia donde se refiere a PUEBLOS INDÍGENAS, el MEM únicamente está dirigiendo el proceso a Mayas Kaqchikeles. Aunque las costumbres, formas y cultura permanezcan en las familias, el alcalde por medio de un oficio indica que no existen pueblos indígenas en el área, el sistema arduamente a trabajado para ladinizar a las comunidades y hacer creer que dependemos de otras culturas, haciendo creer que la población indígena es inferior. 

Parte de las comunicaciones entre la municipalidad y el viceministro de desarrollo sostenible del MEM, está la solicitud de información que el MEM hace a la muni, donde prácticamente niega la existencia de los pueblos y vecinos que se auto identifican conscientemente.
Texto: Hugo Camey . Concejal Tercero, Miembro
de la Resistencia de la Puya.
Corrección
de Estilo: Daniela Sánchez Lemus.